TRANSFERENCIAS A TITULO DE LEASING INMOBILIARIO
TRANSFERENCIAS DE DOMINIO A TITULO DE LEASING HABITACIONAL DE VIVENDA FAMILIAR Ó NO FAMILIAR
TRANSFERNCIAS A TITULO DE FIDUCIA MERCANTIL
DOCUMENTOS:
Certificado de Tradición y Liberad
Titulo Antecedente (OPCIONAL)
Pago Impuesto Predial en Curso (Paz y salvo Predial Inmuebles fuera de Bogotá).
Paz y Salvo de Valorización Vigente
Paz y Salvo de Administración (Inmueble sometido a Régimen de Propiedad Horizontal).
Estado De Cuenta (Expide la notaria – solo para inmuebles de Bogotá D.C.
Fotocopia de las cédulas de Ciudadanía de los Otorgantes o en su defecto Certificado de Existencia y Representación Legal.


REQUISITOS FORMALES
La comparecencia de cada uno de los otorgantes de la Escritura Pública, indicando documento y los generales de ley. (vecindad, domicilio y estado civil)
La identificación completa del inmueble objeto de contrato, es decir nombre del predio (lote de terreno, casa de habitación, apartamento, garaje, oficina, bodega, consultorio u otros), dirección, ubicación, matrícula inmobiliaria, cabida y linderos (Generales y Específicos)
Advertencia del cuerpo cierto.
Tradición, la forma como se adquirió el bien objeto de contrato.
Saneamiento, el inmueble objeto de contrato debe estar completamente saneado, excepto si existiere un gravamen que no saque el inmueble del comercio, de lo cual se dejará constancia.
Precio ó forma de Pago, es el valor acordado por las partes, el cual normalmente es recibo a satisfacción.
Gastos, se refiere al pago de los gastos notariales y de registros que ocasione el otorgamiento de la Escritura Pública.
Entrega, se estipula la fecha que los contratantes hayan acordado para la entrega del inmueble objeto de contrato, la cual puede ser entrega el mismo día de la firma de la Escritura Pública o fecha posterior, de lo cual se dejará constancia.
Renuncia a Condiciones Resolutorias, pueden presentarse que en el precio quede pendiente un saldo o en qué en la entrega se estipule fecha posterior a la de la firma de la Escritura Pública, por lo tanto, se tiene que dejar constancia de la misma, incluyendo un parágrafo donde no obstante la forma de pago o la entrega las partes renuncian a la condición resolutoria derivada del contrato.
Aceptación, los compradores deben aceptar plenamente las estipulaciones descritas en cada una de las partes de Escritura Pública.
Observaciones:
Cuando los otorgantes otorgan poderes especiales, estos deben venir con las facultades para la firma de Escrituras, indicando al inmueble por su nombre, dirección, ubicación, matrícula inmobiliaria y cédula catastral. Poder que debe estar debidamente autenticado o Apostillado.
En las Escritura de esta clase de transferencia se entiende que el inmueble lo transfiere la entidad financiera que con la cual se ha firmado un contrato de leasing, el cual una vez cancelado, el locatario ejerce la opción de compra ó la cede a un tercero para que la ejerza.
En las Transferencia a título de leasing inmobiliario y en las transferencias de Dominio a título de leasing habitacional de vivienda familiar u no familiar, el valor de la transferencia es el valor de la opción de compra, por lo tanto; para los gastos notariales y de registro se tendrá en cuenta el valor del avaluó catastral de inmueble.
En las Transferencia a título de Fiducia Mercantil el valor de la transferencia es el valor de la comisión fiduciaria, pero de igual forma, para liquidar los gastos notariales y de registro se tendrá en cuenta el valor de avalúo catastral.
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